Aprobado el anteproyecto de Ley de Evaluación de Políticas Públicas en la Administración General del Estado

Aprobado el anteproyecto de Ley de Evaluación de Políticas Públicas en la Administración General del Estado

El Consejo de Ministros aprobó el pasado martes el anteproyecto de Ley de Institucionalización de la Evaluación de Políticas Públicas en la Administración General del Estado (AGE), cuyo objetivo es fortalecer, sistematizar y dar estabilidad y calidad al proceso de análisis de las diversas políticas puestas en marcha.

El Consejo de Ministros ha dado luz verde al anteproyecto de Ley de Institucionalización de la Evaluación de Políticas Públicas en la Administración General del Estado (AGE).

La aprobación de la Ley de Evaluación de Políticas Públicas se ha presentado al Consejo de Ministros en primera vuelta, se quiere tramitar por la vía de urgencia y ahora inicia el trámite de consultas. Constituye uno de los hitos del Componente 11, relativo al refuerzo del sistema de evaluación de las políticas públicas, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La nueva norma contempla novedades como el establecimiento de un mecanismo de planificación estable de evaluación para toda la AGE mediante el diseño de un sistema de indicadores comunes. Además, pretende reforzar el análisis ‘ex ante’, de manera previa a la aprobación de las políticas públicas, y emplear los resultados de las evaluaciones para mejorar dichas políticas.

Asimismo, busca fomentar una cultura evaluadora en el conjunto de la administración, propiciando un cambio de paradigma al integrar la evaluación de políticas públicas como herramienta de mejora, rendición de cuentas y transparencia. La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIREF) ya cuenta con experiencia en el análisis ‘ex post’ de revisión del gasto público, por lo que esta ley pretende ampliar este enfoque y darle un carácter transversal.

Enfoque transversal

Con la Ley de Evaluación de Políticas Públicas se aborda de manera transversal la evaluación de las políticas públicas con el fin de analizar y evidenciar su impacto en cuestiones como el medio ambiente, la transición energética, la despoblación y el reto demográfico, el crecimiento económico, la redistribución de la riqueza, la igualdad de género y la adecuación a las directrices europeas y a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de Naciones Unidas.

Esta norma aprobará los conceptos y características generales en evaluabilidad y evaluación de políticas públicas ‘ex ante’, intermedia o ‘ex post’. En concreto, introduce un enfoque transversal, integral y participativo y refuerza los análisis ‘ex ante’ a través de dos elementos: la incorporación del análisis de evaluabilidad previo a la aprobación de las políticas públicas y el establecimiento de obligaciones de planificación de evaluación para determinadas políticas por razón de su relevancia o duración.

De esta manera, los objetivos finales serán optimizar el proceso de toma de decisiones públicas mediante recomendaciones referentes al diseño e implementación y mejorar la planificación y los instrumentos de la acción pública, impulsar la innovación en la actuación del sector público para solucionar problemas y retos sociales, colaborar para una eficaz asignación y utilización de los recursos bajo los principios de buena gestión económico-financiera y sostenibilidad presupuestaria, permitir el control de responsabilidades y la rendición de cuentas a la sociedad, además de contribuir a hacer frente a retos como la despoblación, la cohesión territorial, la igualdad de género y la sostenibilidad medioambiental.

Tipos de evaluación de políticas públicas

La futura Ley de Evaluación de Políticas Públicas permitirá diseñar una estructura organizativa para la gobernanza de la práctica evaluadora, definir los procesos, el sistema de recogida de datos e indicadores y la planificación básica. Con carácter general, la evaluación se realizará por un equipo externo al órgano responsable de la política pública a analizar. Además, contempla el diseño de planes específicos de formación para los empleados públicos.

Adicionalmente, establece dos instrumentos. El Plan de evaluaciones estratégicas del Gobierno, para políticas públicas relevantes y estratégicas desde el punto de vista social y económico, será de carácter cuatrienal y será aprobado por parte del Consejo de Ministros tras su elaboración por la Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas.

Por su parte, el Plan de Evaluación departamental, elaborado por cada ministerio con una periodicidad bienal, contempla la obligación ‘ex ante’ y ‘ex post’ de las políticas de relevancia para cada departamento y de efectuar una evaluación intermedia en las políticas que duren cuatro años o más. Será aprobado por la Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas, tras su presentación a la Comisión Superior de Evaluación.

Creación de organismos

Se creará la Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas, que se encargará de diseñar dos herramientas clave para avanzar en los procesos digitales de planificación, seguimiento y evaluación de cualquier acción pública. Por un lado, un servicio web común para todos los departamentos, que permita realizar un seguimiento de los indicadores de los proyectos y de los principales hitos y avances.

Por otro lado, un portal temático sobre evaluación, en el que se incluirá el portal de comunicación institucional y que se constituirá como nodo digital de la red de expertos, de renovación y refuerzo de los procedimientos y sistemas de coordinación e intercambio de datos, y de transparencia.

Además, se crearán unidades de coordinación departamentales, encargadas de coordinar y efectuar el seguimiento de las actividades de evaluación de políticas públicas de cada ministerio; la Comisión Superior de Evaluación, un órgano colegiado interministerial de cooperación y participación en la AGE; y un Consejo General de Evaluación, donde entidades, organizaciones y asociaciones ayudarán al fomento de la cultura evaluadora.

 
 
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