El nuevo real decreto que regula las Zonas de Bajas Emisiones establece los objetivos y requisitos mínimos

Aprobado el real decreto que regula las Zonas de Bajas Emisiones

El Consejo de Ministros ha aprobado el real decreto que regula las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE). La norma define unos objetivos concretos y cuantificables en el ámbito de las zonas de bajas emisiones en ciudades, que puedan ser convenientemente monitorizados y evaluados. Además, establece los requisitos mínimos que deben cumplir estas zonas en aspectos clave como la extensión, la delimitación o las condiciones de acceso, aportando seguridad jurídica a particulares y empresas mediante una legislación homogénea en todo el territorio nacional.

El real decreto establece los requisitos mínimos que deben cumplir las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE).

El Real Decreto 1052/2022, de 27 de diciembre, por el que se regulan las Zonas de Bajas Emisiones, establece que las ZBE deberán contribuir a mejorar la calidad del aire y mitigar el cambio climático, además de promover el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica, el impulso del cambio modal y la promoción de la eficiencia energética en el uso de los medios de transporte. El objetivo es la mejora de la salud de la ciudadanía y la calidad de vida urbana, impulsando una movilidad más sostenible e inclusiva con menor impacto en la calidad del medio ambiente sonoro, y fomentando la movilidad activa y la recuperación del espacio público.

Los municipios españoles de más de 50.000 habitantes, los territorios insulares y los municipios de más de 20.000 habitantes que superen los valores límite de contaminantes regulados han debido adoptar antes de 2023 planes de movilidad urbana sostenible que introduzcan medidas de mitigación que permitan reducir las emisiones derivadas de la movilidad, incluyendo, entre otras, el establecimiento de zonas de bajas emisiones.

Mejora de la calidad del aire y mitigación del cambio climático

El texto del real decreto se sometió a participación pública y de las administraciones entre abril y mayo de 2022. Respecto a los objetivos de calidad del aire, los proyectos de ZBE deben comportar una mejora respecto de la situación de partida, y asegurar el cumplimiento de los valores legislados. Como fin último, el real decreto apunta al cumplimiento con la versión actualizada de las Directrices de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre la calidad del aire, publicadas en 2021, que, basándose en el conocimiento científico disponible, recoge los niveles de calidad del aire recomendados para la protección de la salud pública.

Por otro lado, respecto a los objetivos de mitigación del cambio climático, las entidades locales deberán definir objetivos para 2030 medibles y cuantificables de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero en las ZBE, de modo coherente con los objetivos establecidos en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC), en particular, con el objetivo de reducir la utilización del vehículo privado motorizado frente al resto de modos de transporte.

La norma permite el acceso excepcional de vehículos contaminantes por razones justificadas, siempre que se garantice el cumplimiento de los objetivos mencionados. Estos vehículos son los que presten servicios públicos básicos, entre otros, servicios de emergencias o recogida de basuras.

Coordinación permanente entre las administraciones

El real decreto prevé también la necesidad de coordinación y cooperación permanentes entre administraciones, singularmente en los territorios insulares, áreas metropolitanas y en atención a la distribución urbana de mercancías. Además, recoge la necesidad de facilitar medidas de participación de los diferentes agentes sociales y de señalizar las zonas de bajas emisiones.

A su vez, el real decreto establece que las entidades locales faciliten la instalación de puntos de recarga o suministro de combustibles limpios como el hidrógeno y puedan introducir medidas complementarias dentro del sector de la edificación, así como se podrán incorporar intervenciones en zonas urbanas de carácter adaptativo, como las orientadas a atenuar el efecto de isla de calor o el aumento de zonas verdes urbanas con especies adaptadas.

El nuevo real decreto por el que se regulan las Zonas de Bajas Emisiones también incluye el régimen sancionador aplicable, remitiendo a la normativa de tráfico a estos efectos, y durante un periodo transitorio de cuatro años para la adaptación a la nueva norma de los proyectos de ZBE establecidos con anterioridad a su entrada en vigor.

 
 
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