Acuerdo provisional para aumentar las estaciones de combustibles alternativos en la Unión Europea

Acuerdo entre el Parlamento Europeo y el Consejo para aumentar las estaciones de combustibles alternativos

El Parlamento Europeo y el Consejo han alcanzado un acuerdo político provisional para aumentar el número de estaciones de recarga de vehículos eléctricos y de repostaje de combustibles alternativos de acceso público, en particular, a través de los principales corredores y centros de transporte de la Unión Europea. El acuerdo establece objetivos nacionales mínimos obligatorios para el despliegue de esta infraestructura e insta a los Estados miembros a presentar sus planes sobre cómo alcanzarlos.

El acuerdo político provisional alcanzado persigue aumentar el número de estaciones de recarga de vehículos eléctricos y de repostaje de combustibles alternativos de acceso público.

El Reglamento para la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos (AFIR) de la Unión Europea tiene por objeto garantizar una red de recarga o repostaje suficiente para el sector del transporte por carretera, el suministro de electricidad en los puertos marítimos y fluviales y el suministro de electricidad a las aeronaves estacionadas.

También pretende lograr la plena interoperabilidad en toda la UE y asegurar que la infraestructura sea fácil de usar, con plena transparencia de los precios, opciones de pago mínimo comunes e información al cliente.

Infraestructura de recarga de vehículos eléctricos

La propuesta de Reglamento persigue garantizar que la infraestructura de recarga eléctrica para vehículos con una potencia de al menos 400 kW se despliegue al menos cada 60 kilómetros a lo largo de la red básica de la red transeuropea de transporte (RTE-T) para 2026 y que la potencia de la red aumente a 600 kW para 2028.

Según el acuerdo provisional, se establece el requisito de tener una estación de recarga eléctrica cada 120 kilómetros para camiones y autobuses en la mitad de las carreteras principales de la UE para 2028 y con una potencia de salida de 1.400 kW a 2.800 kW, dependiendo de la carretera. Se complementará con dos estaciones de recarga para camiones en lugares de estacionamiento seguros y protegidos a partir de 2028. En todos los casos, se aplicarían algunas exenciones de despliegue a regiones ultraperiféricas, islas y carreteras con tráfico muy escaso.

También se acordó disponer de estaciones de reabastecimiento de hidrógeno a lo largo de la red central RTE-T desplegadas al menos cada 200 kilómetros para 2031.

El acuerdo también contempla que los usuarios de vehículos de combustibles alternativos deberán poder pagar de forma fácil y cómoda en los puntos de recarga o repostaje (con tarjetas de pago, dispositivos contactless o, en determinados casos, mediante código QR). El precio deberá mostrarse por kWh, por minuto/sesión o por kg, ser razonable, fácil y claramente comparable, transparente y no discriminatorio.

Además, incluye el establecimiento de una base de datos de la UE sobre información de combustibles alternativos para 2027 a fin de proporcionar a los consumidores datos sobre la disponibilidad, los tiempos de espera o el precio en diferentes estaciones.

Adopción formal

El Consejo Europeo destaca que el acuerdo provisional conserva los aspectos fundamentales de la propuesta de la Comisión Europea. Para la recarga de vehículos eléctricos ligeros, se mantienen los requisitos de capacidad total de energía que se proporcionará en función del tamaño de la flota registrada y los requisitos de cobertura de la red RTE-T en 2025 y 2030.

Por otro lado, para la recarga de vehículos pesados ​​eléctricos y repostaje de hidrógeno, se conservan requisitos para la cobertura de la RTE-T para 2030 y, a partir de 2025, para vehículos ​​eléctricos pesados. Para el suministro de energía eléctrica a los buques en los muelles de los puertos se mantienen los requisitos aplicables a partir de 2030.

El acuerdo político provisional está ahora sujeto a la aprobación formal del Consejo y el Parlamento Europeo. Por parte del Consejo, la presidencia sueca tiene previsto presentar el texto a los representantes de los Estados miembros lo antes posible con vistas a su adopción formal próximamente. Una vez que el Parlamento y el Consejo completen este proceso, la nueva norma se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrará en vigor después de un período transitorio de seis meses.

 
 
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