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Inicio » Medio Ambiente » Luz verde al mecanismo de gobernanza en materia de energía, cambio climático y calidad del aire

Luz verde al mecanismo de gobernanza en materia de energía, cambio climático y calidad del aire

Publicado: 26/02/2025

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ha dado luz verde al Real Decreto por el que se establece el mecanismo de gobernanza en materia de energía, cambio climático y calidad del aire. El objetivo es determinar los mecanismos de gobernanza que permitan dar cumplimiento a las obligaciones de información adquiridas por España en virtud de los acuerdos y compromisos nacionales e internacionales relativos a la lucha contra el cambio climático y las emisiones de contaminantes atmosféricos.

Real Decreto por el que se establece el mecanismo de gobernanza de energía, cambio climático y calidad del aire
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el Real Decreto por el que se establece el mecanismo de gobernanza en materia de energía, cambio climático y calidad del aire.

Los mecanismos se establecen conforme a la Ley de Cambio Climático y Transición Energética y la Ley de calidad del aire y protección de la atmósfera, sobre los informes de situación del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC), los informes sobre riesgos climáticos y adaptación, y las políticas, medidas, inventarios, proyecciones y programas de control de la contaminación atmosférica.

Emisiones contaminantes y calidad del aire

Dichos mecanismos permitirán la elaboración, aprobación y envío del inventario nacional y las proyecciones de emisiones a la atmósfera y la absorción por los sumideros de gases de efecto invernadero (GEI) y otros contaminantes atmosféricos.

Las proyecciones, que se basarán en los datos del inventario disponibles y en la información sobre las políticas, deberán ser coherentes con la planificación energética y otras planificaciones sectoriales, de manera que permitan realizar un seguimiento armonizado de los PNIEC, los Programas Nacionales de Control de la Contaminación Atmosférica (PNCCA) y la Estrategia de Descarbonización a Largo Plazo (ELP).

La posible no adecuación de las emisiones y consumos energéticos a los objetivos de planificación deberá ser abordada de manera conjunta entre la Dirección General de Planificación y Coordinación Energética, la Oficina Española de Cambio Climático y la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, junto con la administración o departamento ministerial responsable.

Además, los mecanismos facilitarán la identificación, seguimiento y envío de las políticas y medidas en materia de energía y clima para la reducción de emisiones de GEI y otros contaminantes, el fomento de los sumideros, así como de los planes y programas sobre estas materias.

Así, se podrá realizar un seguimiento del cumplimiento de los objetivos establecidos en el PNIEC, el PNCCA, la ELP y otros planes con incidencia sobre el cambio climático, la emisión de contaminantes atmosféricos o la calidad del aire.

Adaptación al cambio climático y apoyo tecnológico

Los mecanismos también permitirán el cumplimiento de las obligaciones de información como las relativas a la adaptación al cambio climático y al apoyo tecnológico dado a países en desarrollo en este ámbito; la elaboración, aprobación y envío de los informes de situación nacionales integrados de energía y clima, y la redacción y envío de la comunicación nacional de España y del informe bienal de transparencia.

Según el Real Decreto publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se garantizará la difusión al público de los inventarios, proyecciones, informes, comunicaciones, políticas, medidas, programas y sus eventuales actualizaciones, a través del portal web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Publicado en: Medio Ambiente Etiquetado como: Calidad de Aire, Cambio Climático, Gases de Efecto Invernadero, Normativa, Transición Ecológica

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