Acuerdo sobre la directiva europea para el despliegue de sistemas de transporte inteligente

Acuerdo provisional en torno al despliegue de sistemas de transporte inteligente en la UE

El Consejo Europeo y el Parlamento han alcanzado un acuerdo provisional en torno a la revisión de la directiva de 2010 sobre el despliegue de sistemas de transporte inteligente (ITS) con el objetivo de acelerar la transformación digital y una movilidad más inteligente en la UE.

La revisión de la directiva ITS de la Unión Europea pretende acelerar la disponibilidad y mejorar la interoperabilidad de los datos digitales que alimentan los servicios de transporte inteligente.

La directiva europea revisada tiene en cuenta los desarrollos tecnológicos, como la movilidad conectada y automatizada, las aplicaciones de movilidad bajo demanda y el transporte multimodal. El objetivo es acelerar la disponibilidad y mejorar la interoperabilidad de los datos digitales que alimentan estos servicios, por lo que la propuesta representa un avance hacia la creación del espacio europeo común de datos de movilidad.

El acuerdo provisional entre el Parlamento Europeo y el Consejo mantiene la ambición de progresar en el despliegue sistemático y armonizado de sistemas de transporte inteligente, pero de forma gradual, para tener en consideración la relación coste-beneficio y la capacidad administrativa.

Asimismo, mantiene la estructura de la propuesta de la Comisión Europea, que se cimienta en el carácter marco de la directiva STI y las diversas intervenciones técnicas mediante actos delegados y de ejecución.

Datos compartidos

Los tipos de datos necesarios, que estarán disponibles para toda la Unión Europea entre finales de 2025 y finales de 2028, se establecen en los anexos de la directiva. Se incluyen las condiciones de acceso a túneles y puentes, límites de velocidad, planes de circulación, restricciones de acceso permanentes, cierres de carreteras, obras viales, medidas temporales de gestión del tráfico y servicios críticos, como servicios de información de tráfico y seguridad vial.

La nueva directiva contiene un programa de implementación que cubre los próximos cinco años y un alcance geográfico preciso de la red de carreteras. Mediante actos delegados, la Comisión Europea podrá complementar determinados aspectos del programa.

Además, el acuerdo político aclara otras disposiciones de la propuesta, como el tratamiento provisional de las situaciones de emergencia, la protección de datos personales, las áreas prioritarias para el despliegue y uso de especificaciones y estándares, y los principios aplicables al desarrollo de especificaciones técnicas a nivel europeo.

El despliegue de los servicios STI también deberá ser tecnológicamente neutro para fomentar la interoperabilidad, no discriminar a los usuarios viales vulnerables y garantizar la transparencia, incluidos los efectos medioambientales, al proponer opciones de movilidad. Para organizar el transporte transfronterizo, los Estados miembros deberán cooperar estrechamente en este sentido.

El acuerdo provisional deberá ser refrendado por el Consejo Europeo y el Parlamento para ser adoptado formalmente.

 
 
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