El Parlamento Europeo ha dado luz verde al acuerdo provisional interinstitucional para establecer un espacio europeo de datos sanitarios, que permitirá a la ciudadanía acceder a sus datos en formato electrónico y a los profesionales sanitarios consultar los historiales electrónicos de sus pacientes con su consentimiento (uso primario), todo esto desde cualquier Estado miembro.
![espacio europeo de datos sanitarios](https://static.esmartcity.es/media/2024/04/espacio-europeo-datos-sanitarios.png)
La ley sobre un espacio europeo de datos sanitarios ofrecerá la posibilidad de transferir la información de forma segura a profesionales sanitarios de cualquier país de la Unión Europea, basándose en la infraestructura MyHealth@EU. Los registros electrónicos de salud incluirán un resumen sobre el paciente, recetas, imágenes médicas y resultados de pruebas de laboratorio.
Además, el espacio de datos permitirá aprovechar el potencial de éstos para fines de interés público como la investigación, el uso estadístico o la elaboración de políticas (uso secundario), al regular su intercambio en formato anonimizado o seudonomizado. En concreto, podrán ser de utilidad los historiales médicos, ensayos clínicos, información sobre patógenos, alegaciones y reembolsos sanitarios, datos genéticos, información pública de registros sanitarios, datos de bienestar y sobre recursos, gastos y financiación de la asistencia sanitaria.
No se permitirá el uso secundario con fines comerciales, incluida la publicidad, la evaluación de solicitudes de seguros o condiciones de préstamo o la toma de decisiones en el mercado laboral. Los organismos nacionales serán los encargados de determinar las condiciones de acceso a los datos.
La ciudadanía podrá decidir sobre el acceso a sus datos
La ley garantiza a la ciudadanía la última palabra en la forma en que se utilizan y se accede a sus datos. Los pacientes podrán rechazar el acceso de los profesionales a su historial, salvo cuando sea necesario para proteger los intereses vitales de una persona, o su tratamiento con fines de investigación, con algunas excepciones. Asimismo, los pacientes deberán ser informados cada vez que se acceda a sus datos y tendrán derecho a solicitar correcciones.
El acuerdo provisional tendrá que ser aprobado formalmente por el Consejo Europeo. Una vez publicada la ley en el Diario Oficial de la UE, entrará en vigor a los 20 días y se comenzará a aplicar dos años después, con ciertas excepciones.