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El Consejo Europeo da luz verde a la simplificación de las normas de la inteligencia artificial

Publicado: 01/07/2026

El Consejo Europeo ha dado luz verde definitiva a un nuevo Reglamento destinado a racionalizar y simplificar determinadas normas relativas a la inteligencia artificial (IA). Las disposiciones sobre los sistemas de IA de alto riesgo debían entrar en vigor el 2 de agosto de 2026, por lo que los colegisladores trataron esta parte con la máxima prioridad y acordaron un calendario fijo para la aplicación aplazada de las normas sobre alto riesgo: las nuevas fechas de aplicación serían el 2 de diciembre de 2027 para los sistemas independientes de IA de alto riesgo y el 2 de agosto de 2028 para los sistemas de IA de alto riesgo integrados en productos.

El Consejo Europeo da luz verde a la simplificación de las normas de la inteligencia artificial
El Consejo Europeo ha aprobado el reglamento europeo para la simplificación de las normas en materia de IA.

El nuevo reglamento forma parte del paquete legislativo denominado ‘ómnibus VII’, que pertenece al programa de simplificación de la UE. Este paquete incluye propuestas para dos reglamentos que tienen por objeto la simplificación del marco legislativo digital de la UE y la aplicación de normas armonizadas sobre IA.

El nuevo reglamento se publicará en breve en el Diario Oficial de la UE y entrará en vigor a los tres días de su publicación.

Espacios controlados de pruebas y competencias de la Oficina de IA

El reglamento pospone al 2 de agosto de 2027 el plazo para que las autoridades competentes a escala nacional establezcan espacios controlados de pruebas para la IA, y acorta de seis a tres meses el período de transición para que los proveedores apliquen soluciones de transparencia a los contenidos generados artificialmente, con lo que el nuevo plazo queda fijado para el 2 de diciembre de 2026.

Asimismo, el texto aclara las competencias de la Oficina de IA para la supervisión de sistemas de inteligencia artificial basados en modelos de IA de uso general cuando el modelo y el sistema hayan sido desarrollados por el mismo proveedor, mediante la inclusión de excepciones en las que las autoridades nacionales —como las fuerzas o cuerpos de seguridad, los organismos de gestión de fronteras, las autoridades judiciales y las instituciones financieras— sigan siendo competentes.

Legislación sectorial

En cuanto a la interacción de las normas en materia de IA con la legislación sectorial en sectores como los productos sanitarios, los ascensores y las embarcaciones, la nueva legislación prevé un mecanismo que permita resolver situaciones en las que la legislación sectorial tenga requisitos específicos en materia de IA similares a los del Reglamento de IA, limitando la aplicación de este último en esos casos específicos mediante actos de ejecución. El Consejo Europeo destaca que esta solución resuelve eficazmente cualquier posible solapamiento entre los requisitos de alto riesgo del Reglamento de IA y los de la legislación sectorial.

En cuanto a otros elementos clave del nuevo reglamento de IA, cabe destacar que también se ha añadido una nueva disposición que prohíbe las prácticas de IA relativas a la creación de contenidos sexuales e íntimos no consentidos o de material de abuso sexual de menores. Los sistemas de IA que generan imágenes desnudas de personas reales o eliminan la ropa en fotografías existentes para revelar las partes íntimas de las personas estarán prohibidos a partir de diciembre de este año.

Publicado en: Gobierno / Economía Etiquetado como: Directiva Europea, Inteligencia Artificial, Legislación, Normativa, Regulación

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