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Acuerdo provisional del Consejo y Parlamento Europeo para reforzar la regulación de la Ley de IA

Publicado: 08/05/2026

El Consejo de la Unión Europea y el Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo provisional para modificar y simplificar determinadas disposiciones de la Ley de Inteligencia Artificial de la UE, dentro del paquete legislativo conocido como Omnibus VII, enmarcado en la estrategia de simplificación digital de la Unión Europea. El objetivo es reducir costes administrativos para las empresas, ofrecer una mayor protección para los niños y proteger la soberanía digital. El acuerdo provisional deberá ser ratificado formalmente por el Consejo Europeo y el Parlamento Europeo antes de su aprobación definitiva.

La Unión Europea acuerda cambios en la Ley de IA para simplificar su aplicación y ajustar los plazos de los sistemas de alto riesgo.

El acuerdo introduce modificaciones en los plazos de aplicación de las obligaciones para los sistemas de IA considerados de alto riesgo. En concreto, estas normas entrarán en vigor de forma escalonada: los sistemas de uso independiente lo harán a partir del 2 de diciembre de 2027, mientras que los integrados en productos regulados por normativa sectorial se aplicarán desde el 2 de agosto de 2028.

Asimismo, se pospone hasta el 2 de diciembre de 2026 la obligación de aplicar soluciones de transparencia, como el marcado de contenidos generados por IA, con el objetivo de permitir una adaptación progresiva de los proveedores.

Ajustes en la aplicación de la normativa de IA

El acuerdo introduce además nuevas prohibiciones dentro de la Ley de Inteligencia Artificial de la UE, especialmente orientadas a reforzar la protección de los derechos fundamentales y la seguridad digital frente a usos abusivos de esta tecnología.

Entre las medidas más relevantes figura la prohibición de sistemas de IA capaces de generar contenido sexual explícito o material de abuso infantil sin consentimiento, incluyendo imágenes, vídeos o audios manipulados mediante inteligencia artificial. La normativa europea impedirá tanto la comercialización como el uso y despliegue de herramientas diseñadas específicamente para este tipo de prácticas, conocidas popularmente como nudifier apps o aplicaciones de desnudos artificiales.

La reforma también obliga a los proveedores a incorporar medidas de seguridad razonables para evitar que sus sistemas puedan ser utilizados con este fin, incluso cuando no hayan sido creados específicamente para ello. Las compañías afectadas por estas nuevas obligaciones dispondrán de plazo hasta diciembre de 2026 para adaptar sus plataformas y tecnologías al nuevo marco regulatorio.

Otro de los pilares del acuerdo es la simplificación de la Ley de IA mediante la reducción de duplicidades regulatorias con otras normativas europeas ya existentes. En sectores industriales sujetos a legislación específica, como maquinaria, dispositivos médicos, ascensores, juguetes o productos sometidos a normas de seguridad y vigilancia del mercado, se limitará la superposición de requisitos entre la Ley de Inteligencia Artificial y las regulaciones sectoriales.

El objetivo es evitar cargas administrativas innecesarias y facilitar el cumplimiento normativo por parte de fabricantes y desarrolladores, especialmente en el ámbito industrial. Para ello, se establece que determinados productos solo deberán ajustarse a la normativa sectorial correspondiente cuando esta ya contemple requisitos equivalentes en materia de inteligencia artificial y seguridad.

La reforma también redefine el concepto de componente de seguridad, de modo que determinados sistemas de IA que únicamente asistan al usuario o mejoren el rendimiento de un producto no sean clasificados automáticamente como sistemas de alto riesgo si su fallo no supone una amenaza para la salud o la seguridad.

Nuevas exenciones para empresas

Además, la Ley de IA amplía algunas exenciones regulatorias a pequeñas y medianas empresas y a compañías de tamaño intermedio, con el objetivo de facilitar la innovación, reducir barreras de entrada y favorecer el crecimiento del ecosistema europeo de inteligencia artificial.

En paralelo, el acuerdo refuerza el papel de la Oficina Europea de Inteligencia Artificial, que asumirá mayores competencias en la supervisión y coordinación de determinados modelos de IA de propósito general. La normativa también clarifica la distribución de competencias entre las autoridades nacionales y europeas en ámbitos sensibles como seguridad, justicia, control fronterizo o servicios financieros, con el objetivo de reducir la fragmentación regulatoria entre Estados miembros.

Asimismo, se introducen nuevos mecanismos para mejorar la coherencia entre la Ley de IA y la legislación industrial europea, especialmente en productos sometidos a requisitos de seguridad técnica.

Publicado en: Gobierno / Economía Etiquetado como: Directiva Europea, Inteligencia Artificial, Legislación, Normativa, Regulación

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