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Nuevas medidas para simplificar la Taxonomía de la UE y mantener los objetivos climáticos de las empresas

Publicado: 10/07/2025

Con la finalidad de reducir la carga administrativa que enfrentan las empresas, mejorar su competitividad, al mismo tiempo que se mantienen los objetivos climáticos y medioambientales fundamentales, la Comisión Europea ha adoptado un conjunto de medidas que facilitarán la aplicación de la Taxonomía de la Unión Europea.

Nuevas medidas para simplificar la Taxonomía de la UE
Las nuevas medidas simplifican la aplicación de la Taxonomía de la UE, que proporciona un punto de referencia común en materia de sostenibilidad para empresas.

El Reglamento sobre la Taxonomía, que entró en vigor en 2020 y cuyos requisitos de información se aplican desde 2022, proporciona un punto de referencia común en materia de sostenibilidad para empresas financieras y no financieras, apoyando así inversiones que contribuyen a la transición ecológica de la economía europea, en consonancia con las metas del Pacto Verde Europeo.

En este sentido, las medidas de simplificación introducidas por la Comisión Europea han sido adoptadas mediante un acto delegado que modifica los actos delegados sobre divulgación de taxonomía, clima y medio ambiente. Este cambio se remitirá al Parlamento y al Consejo Europeo para su revisión y, una vez finalizado el periodo de evaluación de cuatro meses (prorrogable por dos meses más), las nuevas disposiciones se aplicarán a partir del 1 de enero de 2026 y abarcarán el ejercicio 2025, aunque las empresas podrán optar por comenzar a aplicarlas desde 2026.

Medidas de simplificación

Las nuevas medidas contemplan que las empresas financieras y no financieras queden exentas de evaluar la elegibilidad y la alineación con la Taxonomía en aquellas actividades económicas que no resulten financieramente significativas para su negocio. Esta medida busca aliviar la carga administrativa y facilitar que las organizaciones puedan concentrarse en la presentación de informes relacionados con sus actividades principales y en su contribución concreta al proceso de transición sostenible.

Asimismo, se establece que las empresas no financieras no estarán obligadas a evaluar la alineación de la Taxonomía respecto del total de sus gastos operativos cuando estos no se consideren materiales para su modelo de negocio. En cuanto a las empresas financieras, se han simplificado los indicadores clave de desempeño, entre ellos el índice de activos verdes para los bancos, y se les concede la posibilidad de no informar los indicadores detallados de la Taxonomía durante un período transitorio de dos años.

Las plantillas de presentación de informes también han sido ajustadas con el objetivo de reducir significativamente la carga informativa, lo que supone una disminución del 74% en el número de puntos de datos requeridos para las empresas no financieras y del 89% para las financieras. Por último, se han introducido mejoras en los criterios de no causar un daño significativo, en particular en lo que respecta a la prevención y el control de la contaminación relacionada con el uso y la presencia de sustancias químicas.

Publicado en: Medio Ambiente Etiquetado como: Desarrollo Sostenible, Economía Verde, Normativa, Transición Ecológica

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