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Cantabria aprueba el decreto autonómico de Administración electrónica y atención ciudadana

Publicado: 10/04/2019

El Gobierno de Cantabria ha aprobado el decreto que regula la Administración electrónica y la implantación de los procesos de atención ciudadana en la comunidad. La norma, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria este lunes, adapta las oficinas de registro a la nueva legislación nacional con respecto a la Administración electrónica.

Una Oficina de Atención a la Ciudadanía de Cantabria, que pasan a estar reguladas por la nueva normativa autonómica sobre Administración electrónica y atención ciudadana.
Una Oficina de Atención a la Ciudadanía de Cantabria, que pasan a estar reguladas por la nueva normativa autonómica sobre Administración electrónica y atención ciudadana.

La norma de la Consejería de Presidencia y Justicia configura por primera vez la atención ciudadana de forma unitaria y comprende, en su conjunto, el servicio de información administrativa, el ejercicio del derecho a plantear una queja o sugerencia sobre el funcionamiento de las unidades administrativas, así como la función de registro de documentos por los ciudadanos, garantizándose que todas las personas puedan ejercer el derecho de acceso a la información administrativa en condiciones de igualdad.

Procesos de atención al ciudadano

Según explicó el consejero de Presidencia y Justicia de Cantabria, Rafael de la Sierra, esta modificación de la normativa era necesaria para dotar de «seguridad jurídica» a una actuación administrativa que usa nuevos canales de comunicación y busca modelos de gestión más eficaces, con una mejora continua en los procesos de atención al ciudadano.

Para el acceso a la información administrativa, general o particular, el interesado podrá dirigirse a la Oficina de Atención a la Ciudadanía, a las oficinas delegadas y especializadas de atención a la ciudadanía, en su caso, o directamente a las unidades administrativas que gestionan los procedimientos administrativos concretos.

Protección de datos y acceso a la información

Recoge también la obligación de confidencialidad, de acuerdo con la normativa reguladora de protección de datos de carácter personal; deferencia, esmero y máximo respeto en la prestación de los servicios de atención ciudadana, y en general, en el trato con las personas; transparencia, integridad, autenticidad, actualización y máxima accesibilidad de la información.

También deben regir los principios de dinamismo, simplificación, proactividad, integración, proximidad y responsabilidad en la gestión del servicio de atención a la ciudadanía; neutralidad y adaptación progresiva a los cambios tecnológicos para garantizar la mayor calidad y eficacia en los servicios de atención ciudadana.

Por último, se indica la necesidad de coordinación, cooperación y fomento de la interoperabilidad con otras administraciones públicas y simplificación, celeridad e impulso de la iniciativa de oficio.

En un principio, todas las administraciones debían tener plenamente operativos los medios electrónicos en octubre de 2018, pero el Gobierno de España optó por ampliar este plazo dos años más, ya que, en muchos casos, las administraciones de diferentes niveles no se habían adaptado aún a la nueva normativa.

Publicado en: Gobierno / Economía Etiquetado como: Administración Electrónica, Transformación Digital

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