El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un Real Decreto que actualiza la regulación de los sistemas de aeronaves no tripuladas (UAS, por sus siglas en inglés) o drones para impulsar al sector y favorecer la competitividad de operadores y fabricantes españoles. El nuevo marco normativo entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Los drones permiten realizar un alto número de actividades aéreas con menores costes y emisiones contaminantes, por lo que están cada vez más demandados. Así, el Real Decreto aprobado desarrolla el régimen jurídico para el uso civil de UAS con el objetivo de disponer de un marco normativo nacional que complete el de la Unión Europea y aportar estabilidad y seguridad jurídica al sector para su desarrollo, a la vez que se salvaguarda la seguridad pública.
También contribuirá a impulsar la prestación de servicios y la actividad económica del sector, favoreciendo la competitividad de los operadores y fabricantes españoles dentro del mercado europeo e internacional.
Contenido del Real Decreto sobre la regulación de los drones
El Real Decreto establece el régimen jurídico aplicable a los drones de aquellas actividades o servicios civiles que están excluidos de la aplicación de la regulación europea, como los servicios de aduanas, policía, búsqueda y salvamento, lucha contra incendios, control fronterizo o vigilancia costera.
Además, se completa el régimen jurídico europeo sobre el marco regulador para el U-space en materia de organización y competencias, al establecer las limitaciones y condiciones operacionales asociadas a las zonas geográficas de UAS.
Asimismo, se designa a Enaire como la entidad responsable de la puesta a disposición, en un formato digital común único, de la información sobre las zonas geográficas de UAS identificadas en el territorio y espacio aéreo español. En estas áreas se autoriza el vuelo dentro del alcance visual del piloto a una altura máxima de 60 metros, sin necesidad de coordinarse con el gestor del aeródromo o con los proveedores ATS, salvo en zonas UAS específicamente asociadas a la infraestructura de aeródromos.
También completa un régimen formativo dirigido a operaciones realizadas al amparo de una autorización operacional, actividades no sujetas a la normativa europea y reservadas a la formación de radiofonista específica. Igualmente, se describen los requisitos para todas aquellas entidades que deseen impartir este tipo de formación.
Otro aspecto destacado es la creación del Registro de aeronaves no tripuladas del Ministerio del Interior, en la Secretaría de Estado de Seguridad. La finalidad es prevenir, investigar o detectar infracciones penales y administrativas, incluidas la protección y la prevención frente a las amenazas contra la seguridad ciudadana.